Micelio
Auto19 de abril de 2024

A- de 2024

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Vladimir Fernandez Andrade

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Impedimento De Los Magistrados De La Corte Constitucional
  • Declarar infundado por causal de tener interés en la decisión
Impedimentos Y Recusaciones
  • Garantía de independencia e imparcialidad del funcionario judicial
Impedimento
  • Alcance respecto a tener interés en la decisión
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Impedimento formulado por el magistrado Vladimir Fernández Andrade.

El precitado togado manifestó estar incurso en la causal contenida en el artículo 126 de la Carta Política, así como, la prevista en el numeral 1 del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal, debido a que los demandantes participaron en su proceso de elección como magistrado de la Corte Constitucional.

Por no suponer ningún beneficio, ni estar relacionado con su elección, concluyó la Sala Plena de la Corporación que el doctor Fernández no tiene ningún interés que comprometa su ponderación e imparcialidad en la resolución del presente caso, por lo que no se configuran las causales de impedimento invocadas.

Con base en lo anterior, se declaró INFUNDADA la manifestación de impedimento analizada en esta oportunidad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Con fundamento en lo expuesto en esta providencia, DECLARAR INFUNDADO el impedimento manifestado por el Magistrado Vladimir Fernández Andrade dentro del expediente T-9.556.024.
  2. SEGUNDO. Contra esta decisión no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.